ARRANCA EL REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL

Como ya se había anunciado, ayer domingo día 12 entró en vigor la obligación por parte de las empresas que llevar un registro de la jornada laboral de sus trabajadores.

Esta obligación recae sobre la empresa, la cual, además de poner a disposición los medios para ello, deberá conservar los datos durante cuatro años. El no cumplimiento de este control deriva en sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.

Lo que no indica la normativa, es el método a utilizar para llevar a cabo este registro. Se pueden emplear desde métodos tradicionales como firmar en en una hoja con las horas de entrada y salida detalladas, como métodos más modernos y digitales como el uso de huella digital.

Lo más sencillo es utilizar el método tradicional. Aunque no exista un modelo oficial, el documento debe contener la siguiente información:

  • Datos de la empresa
  • Datos del trabajador
  • Tipo de jornada según se indica en el contrato de trabajo
  • Detalle de las horas laborales, ordinarias y complementarias, realizadas, desglosadas por día efectivo de trabajo
  • Firma del representante legal de la empresa
  • Firma del trabajador

En Asesores Arañuelo ponemos a tu disposición nuestra propia plantilla de registro de jornada de trabajo, para poder llevar a cabo el control de las horas trabajadas y evitar sanciones.

Haz clic para descargar la plantilla

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